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Conoce los cambios de la nueva Ley de Convivencia Vial

Este mes entró en vigencia la Ley de Convivencia Vial (21.088) en nuestro país, normativa que busca promover la seguridad, el respeto y las buenas prácticas de todos los usuarios de las vías en el tránsito. El objetivo es equiparar a los diferentes medios de transporte: peatones, autos, bicicletas y motos.

Si bien la norma contempla una serie de medidas que afectan a todos quienes integran el mundo vial, la mayoría de estas están destinadas a regular la forma en que se utilizarán los “ciclos” (vehículo no motorizado de una o más ruedas propulsado exclusivamente por una o más personas situadas en él)

Entre algunas exigencias y prohibiciones destacan: quienes conduzcan ciclos deberán obligatoriamente transitar por ciclovías. En el caso que no las hayan, deberán hacerlo por la pista derecha de la calzada.

En el caso que no exista ciclovías, podrán circular por las veredas conductores menores de 14 años o adultos mayores, personas que circulen con niños menores de 7 años y personas con movilidad reducida. Esto, respetando siempre la preferencia de los peatones.

Quienes no cumplan con la normativa serán infraccionados con una multa de entre 0,2 y 0,5 UTM, es decir, entre 10 mil y 24 mil pesos aproximadamente.

Se recalca el hecho de que los peatones no podrán transitar por las ciclovías, solo podrán cruzar alguna “por los lugares debidamente señalizados”.

Vehículos motorizados

En cuanto a los conductores, se hace presente que, cuando pretendan adelantar o sobrepasar una bicicletas u otros ciclos, deberá mantener una distancia prudente respecto al ciclo de aproximadamente 1,50 metros.

Foto: vía Cooperativa.cl